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LA UIF SOLICITÓ SER QUERELLANTE EN UNA CAUSA POR VENTA DE ARTE ROBADO
La Unidad de Información Financiera (UIF) se presentó ante el Juzgado de Instrucción Nº 12, a cargo del juez Ricardo Warley, solicitando ser tomada como parte querellante en una causa donde están implicadas tres reconocidas Galerías de Arte de Buenos Aires.
La causa Nº 8318/11 caratulada “Ryszelewski Osvaldo Oscar y otros s/ robo” se inició a partir de la denuncia realizada por Roque Dirito por el robo de más de 60 obras de arte -entre las cuales se encontraban obras de Quinquela Martín, Berni, Soldi y Marta Minujín-. Dirito reportó que la Galería Arroyo, ubicada en la calle Arroyo 830 de la ciudad de Buenos Aires, estaba ofreciendo a la venta dos de las obras robadas.
En el allanamiento del lugar, se encontró una de las dos obras denunciadas. La pieza había sido expuesta para la venta por Luis Alberto Tino en marzo de este año. El otro cuadro, “Grises” de Oscar Vaz, no apareció, pero se pudo establecer que había sido dejado y retirado días después por Enrique Javier Martínez de Aguirre, quien trabaja en la Galería Buenos Aires, ubicada en calle Esmeralda 661..
Finalmente en ésta Galería se pudo dar con la obra buscada y con Martínez de Aguirre quien informó haberla adquirido en febrero de este año, por la suma de 4.500 pesos de Roberto Sorondo, quien también se encontraba en el lugar.
Por su parte, Sorondo manifestó que el cuadro lo había adquirido por Osvaldo Ryszelewski, quien le había encomendado su venta a cambio de una comisión. Del mismo modo, le había cedido otras obras en los mismos términos, pero varias de ellas se las había otorgado a Ignacio Gutiérrez Saldivar, dueño de la Galería Zurbaran, ubicada en calle cerrito 1522.
Como resultado, Osvaldo Ryszelewski fue imputado por la entrega de obras de arte con conocimiento de origen ilegítimo para su posterior venta. También se imputó a Roberto Sorondo y Enrique Martínez de Aguirre por haber recibido obras y ofrecerlas a la venta. Finalmente se imputó también a Luis AlbertoTino por haber recibido la obra “Desnudo mujer sentada” de Horacio Buttler conociendo su origen ilícito y colocarla, de igual forma, en el mercado.
Los cuatro imputados en el caso, incurrieron de esta forma en el delito contra el orden económico y financiero -art. 303 del Código Penal-. En tanto Sujetos Obligados comprendidos en el art. 20 inc.7 de la Ley N° 25.246, esto es, “personas físicas o jurídicas dedicadas a la compra venta de obras de arte”, los imputados debían informar y reportar a la UIF toda aquella operación que pueda provenir o estar vinculada a la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
En su solicitud de ser tomado como parte querellante, la UIF le pidió al juez Warley que cite a los imputados a prestar declaración indagatoria y que dicte el embargo preventivo, decomiso, inhibición general de bienes y congelamiento de sus cuentas, hasta tanto dicte el fallo final.


